Ley [LSNIIMSP]
Artículo 15 de Ley Del Sistema Nacional De Investigación E Inteligencia En Materia De Seguridad Pública
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Ley Del Sistema Nacional De Investigación E Inteligencia En Materia De Seguridad Pública (LSNIIMSP)
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Artículo 15. Auxilio a la persona titular de la Secretaría
La persona titular de la Secretaría podrá auxiliarse de la Subsecretaría para el ejercicio de las atribuciones que la presente Ley le encomienda.
En coordinación con el CNI y en el marco de sus atribuciones, la Subsecretaría utilizará la Plataforma para realizar acciones de investigación e inteligencia en seguridad pública y desarrollar productos de inteligencia mediante el intercambio efectivo de información con aquel, a fin de generar y fortalecer las líneas de investigación y las investigaciones de los delitos bajo la conducción y mando del Ministerio Público, cuando así proceda. De igual forma, podrá complementar la información y los productos de inteligencia generados por el CNI, a solicitud de este último.