Ley [LSS]

Artículo 239-e de Ley Del Seguro Social

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Buscar artículo o término en esta ley

Ley Del Seguro Social (LSS)

Busca por número de artículo o por texto dentro de esta ley.

Artículo 239-e. Tratándose de incapacidades médicas expedidas por el Instituto, la persona empleadora deberá continuar con el entero de las cuotas obrero patronales, como lo establece la fracción IV del artículo 31 de esta Ley, por el periodo de incapacidad establecido por el Instituto.

Artículo adicionado DOF

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias

Publicidad