Ley [LSS]
Artículo 3 de Ley Del Seguro Social
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 3. La realización de la seguridad social deberá estar alineada con el derecho a la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres, mediante la incorporación de la perspectiva de género y de derechos humanos. Estará a cargo de entidades o dependencias públicas, federales o locales y de organismos descentralizados, conforme a lo dispuesto por y demás ordenamientos legales sobre la materia.
Artículo reformado DOF