Artículo 10.- Efectuada la evaluación, la Secretaría podrá indicar al solicitante, cuando corresponda, que deberá formular e implantar una estrategia para reducir la producción de desechos, auxiliándose con las instancias competentes, en cuyo caso, implementará las inspecciones necesarias a fin de verificar su cumplimiento.

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias

Relaciones del artículo 10

Ampliar

Artículo seleccionado Artículo Ley completa Salen del 10 Llegan al 10
  • Sin referencias directas identificadas. Puedes continuar por el índice de la ley.
Publicidad