Transitorios
PRIMERO.- El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Reglamento [Reg_Art121-122_LFT]
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REGLAMENTO de los Artículos 121 y 122 de la Ley Federal del Trabajo (Reg_Art121-122_LFT)
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PRIMERO.- El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.