Ley [Reg_Diputados]
Artículo 256 de Reglamento De La Cámara De Diputados
Texto íntegro, referencias y ley completa.
- 1En sus comparecencias ante los medios informativos, los diputados y diputadas deberán precisar si sus opiniones son a título personal o corresponden a disposiciones oficiales de los grupos a los que pertenecen, a la expresión mayoritaria de alguna comisión o comité.