Ley [Reg_Diputados]

Artículo 284 quinquies de Reglamento De La Cámara De Diputados

Texto íntegro, referencias y ley completa.

    1El Sistema de Evaluación de Diputados se implementará a través de un Consejo Coordinador que fungirá como órgano colegiado institucional y de participación ciudadana de carácter consultivo, informativo y de colaboración en materia de evaluación legislativa de los diputados y sus decisiones se aprobarán por consenso.

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