- En las sesiones semipresenciales las votaciones serán económicas y nominales.
- Se votarán de manera económica los asuntos de trámite que establece el Reglamento, así como los acuerdos de los órganos de gobierno, salvo aquellos que se establezcan en votación nominal.
- Se votarán de manera nominal los proyectos de ley o decreto.
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