Ley [Reg_Diputados]

Artículo 75 de Reglamento De La Cámara De Diputados

Texto íntegro, referencias y ley completa.

    1El plazo para solicitar la modificación del turno será de cinco días posteriores a la presentación del asunto y el Presidente resolverá lo conducente, su decisión será inatacable.

Artículo reformado DOF

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