TITULO SEXTO - USOS DEL AGUA · Capítulo IV - Uso en Otras Actividades Productivas
ARTICULO 125.- "La Comisión" establecerá la coordinación necesaria con la Secretaría de Pesca, a fin de facilitar la resolución simultánea de las concesiones que en el ámbito de sus respectivas competencias tengan que expedir en materia de agua y acuacultura.