Reglamento [Reg_LBOGM]

Artículo 10 de REGLAMENTO de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados

Texto reglamentario íntegro y fuente oficial.

Ver reglamento completo

Buscar artículo o término en este reglamento

REGLAMENTO de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados (Reg_LBOGM)

Busca por número de artículo o por texto dentro de este reglamento.

Artículo 10

TÍTULO SEGUNDO - Permisos para Actividades con OGMs · Capítulo I - De la solicitud de permisos

Artículo 10. La Secretaría competente sólo podrá requerir información adicional, dentro de los veinte días posteriores a la admisión de la solicitud integrada, en los casos a que se refiere el artículo 63 de la Ley.

Ver artículo Markdown