Reglamento [Reg_LBOGM]

Artículo 26 de REGLAMENTO de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados

Texto reglamentario íntegro y fuente oficial.

Ver reglamento completo

Buscar artículo o término en este reglamento

REGLAMENTO de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados (Reg_LBOGM)

Busca por número de artículo o por texto dentro de este reglamento.

Artículo 26

TÍTULO TERCERO - De las autorizaciones · Capítulo I - Disposiciones Generales

Artículo 26. Las solicitudes de autorización se presentarán ante SALUD con los anexos correspondientes. En el original de la solicitud y en el acuse de recibo se asentará la fecha y hora de recepción.

Ver artículo Markdown