Capítulo Segundo - Del desarrollo para la competitividad de las MIPYMES · Sección I - De la planeación
Artículo 8. En la elaboración de los programas sectoriales, la Secretaría asegurará la participación social en la planeación, en términos de las disposiciones aplicables.
Para tal efecto, el Consejo también actuará como órgano de consulta para la planeación del desarrollo de la competitividad de las MIPYMES.