TÍTULO SEGUNDO - DE LA ORGANIZACIÓN E INTEGRACIÓN DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN · Capítulo Segundo - Del Conflicto de Interés de las Personas Integrantes del Consejo de Administración
Artículo 14. A la Persona Consejera de los Trabajadores y a su suplente les es aplicable lo dispuesto en los dos artículos anteriores, salvo lo señalado en el artículo 12, fracciones I y V, de este reglamento.