Artículo 48

Título Quinto - De los órganos y mecanismos de coordinación · Capítulo III - Del Comité Técnico Consultivo de Archivos del Ejecutivo Federal

Artículo 48. Los integrantes del Comité, de conformidad con su ámbito de competencia, podrán agruparse en los siguientes sectores:

I. Educación y cultura;

II. Ciencia y tecnología;

III. Recursos renovables;

IV. Desarrollo agrario;

V. Hacienda;

VI. Seguridad nacional;

VII. Desarrollo económico;

VIII. Desarrollo social;

IX. Trabajo;

X. Energía;

XI. Salud, y

XII. Los demás que el Comité determine.

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