Reglamento [Reg_LFAEBSP]

Artículo 11 de REGLAMENTO de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público

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REGLAMENTO de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público (Reg_LFAEBSP)

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Artículo 11

TÍTULO SEGUNDO - Del SAE · Capítulo Único

Artículo 11.- El Comité tendrá, las atribuciones siguientes:

I. Elaborar y someter a la autorización de la Junta de Gobierno, su Manual de Integración y Funcionamiento, sujetándose a la Ley y al presente Reglamento;

II. Aprobar el calendario de sesiones ordinarias;

III. Analizar las solicitudes de donación y resolver sobre las mismas, de acuerdo a las disposiciones aplicables;

IV. Proponer a la Junta de Gobierno lineamientos para la donación de los bienes, y

V. Rendir informes sobre su actuación a la Junta de Gobierno con la periodicidad que se determine en el Manual.

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