Lectura de artículo · Reg_LFCE

Artículo 13

REGLAMENTO de la Ley Federal de Competencia Económica

Artículo 13

Capítulo III - De las Reglas Generales para el Análisis del Mercado Relevante y del Poder Sustancial

ARTÍCULO 13.- Para determinar si un agente económico tiene poder sustancial en el mercado relevante, de conformidad con la fracción VI del artículo 13 de la Ley, se deben considerar los criterios siguientes:

  1. El grado de posicionamiento de los bienes o servicios en el mercado relevante;
  2. La falta de acceso a importaciones o la existencia de costos elevados de internación, y
  3. La existencia de diferenciales elevados en costos que pudieran enfrentar los consumidores al acudir a otros proveedores.
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