CAPITULO III · Sección Tercera - De las Pólizas y Actas
ARTICULO 33.- El corredor deberá de imprimir su sello y firma, en tinta indeleble, en los instrumentos que autorice, copias certificadas, certificaciones, testimonios y demás constancias, documentos y ejemplares que expida en el ejercicio de sus funciones.
Párrafo reformado DOF 26-11-2012
El corredor deberá utilizar su media rúbrica en todas las fojas que integren los instrumentos y documentos que expida, pero utilizará la rúbrica completa en la última foja en la que se haga constar la autorización.