TÍTULO V - DE LAS LIMITACIONES DEL DERECHO DE AUTOR · CAPÍTULO I - DE LA LIMITACIÓN POR CAUSA DE UTILIDAD PÚBLICA
Artículo 42.- El dictamen de procedencia que emita la a través del contendrá, por lo menos:
- Las características de la obra y los datos sobre la titularidad de los derechos morales, así como la de los patrimoniales, si es el caso, y
- El análisis por el cual se considere que la solicitud cumple con los requisitos de procedencia.