Capítulo I - Disposiciones generales
Artículo 3. Las Dependencias y Entidades deberán informar a la Secretaría los Actos en los que han integrado el uso de la Firma Electrónica Avanzada.
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REGLAMENTO de la Ley de Firma Electrónica Avanzada (Reg_LFEA)
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Artículo 3. Las Dependencias y Entidades deberán informar a la Secretaría los Actos en los que han integrado el uso de la Firma Electrónica Avanzada.