ARTÍCULO 11.- Los permisionarios no podrán otorgar crédito, directa o indirectamente, a los apostadores en juegos con apuestas o participantes de sorteos en el desarrollo de las actividades emanadas del permiso.
Artículo reformado DOF 23-10-2013
Reglamento [Reg_LFJS]
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ARTÍCULO 11.- Los permisionarios no podrán otorgar crédito, directa o indirectamente, a los apostadores en juegos con apuestas o participantes de sorteos en el desarrollo de las actividades emanadas del permiso.
Artículo reformado DOF 23-10-2013
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REGLAMENTO de la Ley Federal de Juegos y Sorteos (Reg_LFJS)
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