"y si tienes capacidad de amar, amáte a ti mismo primero pero siempre sé consciente de la posibilidad de la total derrota ya sea por buenas o malas razones."
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Ley Federal De Juegos Y Sorteos (109)

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Ley Federal De Juegos Y Sorteos

El texto fuente corresponde a una ley publicada en el Diario Oficial de la Federación con entrada en vigor cinco días después de su publicación. Su estructura conserva artículos breves sobre prohibición, permisos, vigilancia, delitos y sanciones. Para verificar reformas recientes o reglamentos aplicables, debe consultarse la fuente oficial.

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Relación normativa

Reglamentos vinculados

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Resumen de la ley

La Ley Federal De Juegos Y Sorteos regula la prohibición general de juegos de azar y juegos con apuestas en México, así como los supuestos en que ciertos juegos, apuestas y sorteos pueden permitirse mediante autorización. Da a la Secretaría de Gobernación facultades de reglamentación, autorización, control, vigilancia, clausura y sanción. También establece delitos, multas, arrestos, decomisos y revocación de permisos cuando se incumplen sus reglas. Es una ley breve pero central para actividades de casinos, sorteos, rifas, ferias, espectáculos con apuestas y establecimientos donde se realicen juegos regulados.

Juegos de azar y juegos con apuestas. Sorteos, rifas y permisos administrativos. Facultades de la Secretaría de Gobernación. Inspección y vigilancia. Ferias regionales y espectáculos autorizables. Clausura de establecimientos. Delitos, multas, arrestos y decomisos. Revocación de permisos e inhabilitación.

Lo esencial

Qué regula

  • La prohibición general de juegos de azar y juegos con apuestas.
  • Los juegos, sorteos y espectáculos que pueden permitirse bajo autorización.
  • Los permisos que debe otorgar la Secretaría de Gobernación.
  • La vigilancia e inspección de juegos con apuestas y sorteos.
  • La ubicación de establecimientos respecto de escuelas y centros de trabajo.
  • La participación que puede corresponder al Gobierno Federal en productos de permisos.
  • Las penas por operar juegos, apuestas o sorteos sin autorización.
  • La clausura, decomiso, revocación de permisos, multas, arrestos e inhabilitaciones.

A quién aplica

  • Personas físicas o morales que organicen juegos con apuestas.
  • Permisionarios de sorteos, rifas o espectáculos con cruce de apuestas.
  • Casas, establecimientos, locales abiertos o cerrados donde se realicen juegos o sorteos.
  • Jugadores, árbitros, corredores de apuestas y personas que participen en actividades reguladas.
  • Secretaría de Gobernación y sus inspectores.
  • Autoridades federales, locales y fuerza pública que deben auxiliar en el cumplimiento de la ley.
  • Tribunales federales competentes para aplicar penas.

Materias principales

  • Juegos de azar y juegos con apuestas.
  • Sorteos, rifas y permisos administrativos.
  • Facultades de la Secretaría de Gobernación.
  • Inspección y vigilancia.
  • Ferias regionales y espectáculos autorizables.
  • Clausura de establecimientos.
  • Delitos, multas, arrestos y decomisos.
  • Revocación de permisos e inhabilitación.

Derechos principales

  • Derecho de los particulares a solicitar autorización cuando la actividad sea permitible.
  • Derecho a que los permisos señalen requisitos, condiciones y participación correspondiente al Gobierno Federal.
  • Derecho a que las sanciones sean aplicadas por la autoridad competente.
  • Derecho a que los juegos particulares ocasionales en domicilios privados queden fuera de las sanciones cuando cumplan los requisitos del artículo 15.
  • Derecho a certeza sobre qué actividades están prohibidas y cuáles pueden ser autorizadas.

Aplicación práctica

Autoridades relacionadas

  • Secretaría de Gobernación.
  • Inspectores designados por la Secretaría.
  • Ejecutivo Federal.
  • Autoridades federales.
  • Autoridades locales.
  • Fuerza pública.
  • Tribunales federales.
  • Secretarías de Gobernación y de Salubridad y Asistencia, mencionadas en el destino de participaciones.

Obligaciones principales

  • Obtener permiso de la Secretaría de Gobernación antes de operar juegos con apuestas o sorteos.
  • Cumplir los requisitos y condiciones fijados en cada permiso.
  • No establecer casas o locales de juegos con apuestas o sorteos sin autorización.
  • No instalar lugares de apuestas o sorteos cerca de escuelas o centros de trabajo.
  • Permitir la vigilancia e inspección de la Secretaría.
  • Las autoridades federales, locales y fuerza pública deben cooperar con Gobernación.
  • Los permisionarios deben cumplir las reglas del reglamento y las disposiciones administrativas aplicables.

Trámites, procedimientos o acciones relacionadas

  • Solicitud de permiso para juegos con apuestas o sorteos.
  • Autorización de espectáculos con cruce de apuestas en ferias regionales.
  • Inspección y vigilancia de establecimientos.
  • Clausura de locales sin autorización o con juegos prohibidos.
  • Revocación de permisos por infracciones graves o frecuentes.
  • Procedimientos penales ante tribunales federales por delitos previstos en la ley.
  • Decomiso de utensilios, objetos, bienes o dinero vinculados al juego.

Sanciones o consecuencias

  • Prisión de tres meses a tres años y multa de quinientos a diez mil pesos en los supuestos del artículo 12.
  • Prisión de un mes a dos años y multa de cien a cinco mil pesos en los supuestos del artículo 13.
  • Destitución de empleo cuando corresponda.
  • Decomiso de utensilios, objetos del juego, bienes o dinero relacionados.
  • Posible disolución del negocio o sociedad bajo cuyos auspicios se cometa el delito.
  • Multa de cien a diez mil pesos o arresto hasta por quince días por infracciones administrativas.
  • Revocación de permiso y clausura por infracciones graves o frecuentes.
  • Suspensión hasta por un año o inhabilitación definitiva para personas que desempeñen funciones en la actividad.

Definiciones importantes

ConceptoSignificado en la ley
Juegos de azarJuegos prohibidos en todo el territorio nacional salvo supuestos permitidos por la ley.
Juegos con apuestasActividades lúdicas o espectáculos en los que media apuesta y que requieren control federal.
SorteosActividades sujetas a autorización, salvo excepciones expresas como la Lotería Nacional.
PermisoAutorización de la Secretaría de Gobernación para realizar juegos, apuestas o sorteos permitidos.
SecretaríaSecretaría de Gobernación, autoridad administrativa competente.
InspectoresPersonal designado por la Secretaría para vigilar y controlar actividades reguladas.
ClausuraCierre de local donde se practiquen juegos prohibidos o actividades sin autorización.
DecomisoPérdida de utensilios, objetos, bienes o dinero vinculados al juego ilícito.
Juegos particulares ocasionalesJuegos en domicilios privados con propósito de diversión, sin habitualidad ni admisión abierta.
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Artículos clave
ArtículoPor qué importa
1oEstablece la prohibición general de juegos de azar y juegos con apuestas.
2oEnumera actividades que pueden permitirse.
3oAsigna a la Secretaría de Gobernación la reglamentación, autorización, control y vigilancia.
4oExige permiso para operar casas, locales, juegos con apuestas o sorteos.
5oRegula participación del Gobierno Federal en productos de permisos.
7oPrevé vigilancia mediante inspectores.
8oAutoriza clausura de locales sin autorización.
9oProhíbe establecer lugares de apuestas o sorteos cerca de escuelas o centros de trabajo.
12Contiene delitos y penas principales.
14Prevé decomiso y posible disolución del negocio.
15Excluye juegos particulares ocasionales en domicilio privado.
17Regula sanciones administrativas, revocación e inhabilitación.
Mapa de temas
TemaArtículos relacionadosPara qué sirve
Prohibición general1oEntender la regla base sobre juegos de azar y apuestas.
Actividades permitibles2o, 11 y 15Identificar excepciones y supuestos autorizables.
Autoridad competente3o, 7o y 10Ubicar facultades de Gobernación e intervención de otras autoridades.
Permisos4o a 6oSaber cuándo se requiere autorización y condiciones económicas.
Ubicación y operación8o y 9oRevisar clausura y límites de ubicación.
Delitos y penas12 a 14Identificar prisión, multa, destitución, decomiso y disolución.
Sanciones administrativas17Revisar multas, arresto, revocación e inhabilitación.
Plazos importantes
  • El texto transitorio indica que la ley entró en vigor cinco días después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
  • La suspensión administrativa prevista en el artículo 17 puede imponerse hasta por un año.
  • El arresto administrativo por infracciones no delictivas puede ser hasta por quince días.
  • Las penas de prisión previstas en los artículos 12 y 13 van de un mes a tres años, según la conducta.

Preguntas frecuentes

¿De qué trata la Ley Federal De Juegos Y Sorteos?

Trata de la prohibición y autorización de juegos de azar, juegos con apuestas y sorteos. También define qué autoridad los controla y qué sanciones proceden.

¿En qué casos puedo usar esta ley?

Puedes usarla para saber si un sorteo, rifa, casino, espectáculo con apuestas o establecimiento de juego requiere permiso federal. También sirve para revisar sanciones por operar sin autorización.

¿Quién autoriza los juegos con apuestas y sorteos?

La Secretaría de Gobernación autoriza, controla y vigila los juegos con apuestas y sorteos, salvo el caso de la Lotería Nacional, que se rige por su propia ley.

¿Qué pasa si se opera un juego o sorteo sin permiso?

Puede haber clausura, multa, arresto, revocación de permiso, decomiso y, en ciertos casos, responsabilidad penal. La ley prevé prisión y multas para varias conductas.

¿Los juegos privados en casa están prohibidos?

No necesariamente. El artículo 15 excluye juegos en domicilios particulares cuando sean de diversión ocasional, no habituales y sin admisión de personas ajenas al trato familiar o social cercano.

Aviso legal: Este contenido es informativo y creado por IA; no sustituye asesoría legal profesional.

Índice de artículos

Ley Federal De Juegos Y Sorteos

17 artículos disponibles en 109.

Texto íntegro
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LEY FEDERAL DE JUEGOS Y SORTEOS
TEXTO VIGENTE
Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 1947
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
MIGUEL ALEMAN, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes, sabed:
Que el H. Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO:
"El Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, decreta: