Reglamento [Reg_LFJS]

Artículo 121 de REGLAMENTO de la Ley Federal de Juegos y Sorteos

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Artículo 121

TÍTULO CUARTO - DE LOS SORTEOS · CAPÍTULO VI - DE LA ENTREGA DE LOS PREMIOS

ARTÍCULO 121.- Sólo se entregarán los premios cuando los boletos ganadores reúnan las características siguientes:

I. Carezcan de tachaduras, enmendaduras o alguna otra alteración grave que genere duda sobre la identificación del ganador o la autenticidad del boleto, y

II. Hayan sido llenados adecuadamente por el participante mediante inscripciones que generen certeza sobre los datos de identificación que individualicen al tenedor.

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