CAPITULO I - Disposiciones Generales
ARTICULO 16.- Las autoridades civiles y militares auxiliarán a los inspectores en sus funciones cuando éstos lo soliciten.
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REGLAMENTO de la Ley Federal Sobre Monumentos y Zonas Arqueológicas, Artísticos e Históricos (Reg_LFMZAAH)
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ARTICULO 16.- Las autoridades civiles y militares auxiliarán a los inspectores en sus funciones cuando éstos lo soliciten.