Artículo 69.- Tratándose de la verificación del cumplimiento de normas oficiales mexicanas, las notificaciones correspondientes se harán de conformidad con las disposiciones relativas de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
Reglamento [Reg_LFPC]
Artículo 69 de REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección al Consumidor
Texto reglamentario íntegro, referencias y reglamento completo.
CAPÍTULO X - De las reglas procedimentales
Navegación jurídica
Relaciones verificadas del artículo
Enlaces obtenidos del texto, el catálogo y los vínculos verificados entre normas.
Ley reglamentada
Ley Federal De Protección Al Consumidor
[LFPC]
Norma citada
Ley Federal de Procedimiento Administrativo
[LFPA]
Mismo capítulo
Artículo 68 de Reg_LFPC
[Reg_LFPC]
Mismo capítulo
Artículo 70 de Reg_LFPC
[Reg_LFPC]
Mismo capítulo
Artículo 67 de Reg_LFPC
[Reg_LFPC]
Mismo capítulo
Artículo 71 de Reg_LFPC
[Reg_LFPC]
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