Lectura de artículo · Reg_LFPC

Artículo Transitorio Cuarto

REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección al Consumidor

Transitorio Cuarto

Transitorios

Cuarto.- Las erogaciones que se deriven para la aplicación del presente Decreto se realizarán con cargo al presupuesto de la Procuraduría Federal del Consumidor y no requerirán recursos adicionales, ni se incrementará su presupuesto regularizable en materia de servicios personales.

Dado en la Residencia Oficial del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, a 18 de diciembre de 2019.- Andrés Manuel López Obrador.- Rúbrica.- La Secretaria de Economía, Graciela Márquez Colín.- Rúbrica.

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