Reglamento [Reg_LFPCCS]

Artículo 21 de REGLAMENTO de la Ley Federal de Producción, Certificación y Comercio de Semillas

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REGLAMENTO de la Ley Federal de Producción, Certificación y Comercio de Semillas (Reg_LFPCCS)

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Artículo 21

CAPÍTULO III - DEL SISTEMA NACIONAL DE SEMILLAS Y DEL FONDO DE APOYOS E INCENTIVOS

Artículo 21.- El SNICS se coordinará con las áreas de la Secretaría, vinculadas al financiamiento para la operación del Fondo de Apoyos e Incentivos.

Los Comités Consultivos Regionales o Estatales de Semillas podrán participar en la elaboración de las Reglas de Operación del Fondo de Apoyos e Incentivos.

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