Reglamento [Reg_LFPDPPP]

Artículo 90 de REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares

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Artículo 90

Capítulo VII - De los Derechos de los Titulares de Datos Personales y su Ejercicio · Sección I - Disposiciones Generales

Artículo 90. El titular, para el ejercicio de los derechos ARCO, podrá presentar, por sí mismo o a través de su representante, la solicitud ante el responsable conforme a los medios establecidos en el aviso de privacidad. Para tal fin, el responsable pondrá a disposición del titular, medios remotos o locales de comunicación electrónica u otros que considere pertinentes.

Asimismo, el responsable podrá establecer formularios, sistemas y otros métodos simplificados para facilitar a los titulares el ejercicio de los derechos ARCO, lo cual deberá informarse en el aviso de privacidad.

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