TÍTULO SEXTO - De la propaganda comercial
Artículo 43.- No podrá hacerse propaganda comercial al tabaco en el horario destinado para todo público.
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REGLAMENTO de la Ley Federal de Radio y Televisión, en Materia de Concesiones, Permisos y Contenido de las Transmisiones de Radio y Televisión (Reg_LFRT_MCPCTRT)
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Artículo 43.- No podrá hacerse propaganda comercial al tabaco en el horario destinado para todo público.