Reglamento [Reg_LFRT_MCPCTRT]

Artículo 45 de REGLAMENTO de la Ley Federal de Radio y Televisión, en Materia de Concesiones, Permisos y Contenido de las Transmisiones de Radio y Televisión

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REGLAMENTO de la Ley Federal de Radio y Televisión, en Materia de Concesiones, Permisos y Contenido de las Transmisiones de Radio y Televisión (Reg_LFRT_MCPCTRT)

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Artículo 45

TÍTULO SEXTO - De la propaganda comercial

Artículo 45.- Se considera como publicidad de centros de vicio la transmisión de cualquier espectáculo desde esos lugares.

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