Reglamento [Reg_LFSA]

Artículo 256 de REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal

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REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal (Reg_LFSA)

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Artículo 256

TÍTULO OCTAVO - DE LA INSPECCIÓN, MEDIDAS DE SEGURIDAD Y SERVICIO OFICIAL DE SEGURIDAD ZOOSANITARIA · CAPÍTULO I - PUNTOS DE VERIFICACIÓN E INSPECCIÓN

Artículo 256. Los Puntos de Verificación e Inspección Zoosanitaria Federal serán los que opere la Secretaría, como un sistema estratégico para las campañas, cuarentenas, regulación de bienes de origen animal, reducción de riesgos de contaminación y Dispositivo Nacional de Emergencia de Sanidad Animal y se distinguirán con el acrónimo PVIF. Estos puntos operarán con personal oficial de la Secretaría, quienes ejercerán los actos de autoridad y atribuciones que les confiere las disposiciones de sanidad animal en materia de verificación e inspección y serán auxiliados por el personal de las entidades federativas y de los organismos auxiliares.

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