Lectura de artículo · Reg_LFSA

Artículo 299

REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal

Artículo 299

TÍTULO NOVENO - DE LOS ÓRGANOS DE COADYUVANCIA · CAPÍTULO III - DE LAS PERSONAS APROBADAS

Artículo 299. Para el caso de los laboratorios de pruebas aprobados en el diagnóstico de las enfermedades y plagas de los animales, el responsable será un médico veterinario.

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