TÍTULO NOVENO - DE LOS ÓRGANOS DE COADYUVANCIA · CAPÍTULO III - DE LAS PERSONAS APROBADAS
Artículo 302. Los laboratorios aprobados deberán participar en las que la Secretaría establezca.
REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal
TÍTULO NOVENO - DE LOS ÓRGANOS DE COADYUVANCIA · CAPÍTULO III - DE LAS PERSONAS APROBADAS
Artículo 302. Los laboratorios aprobados deberán participar en las que la Secretaría establezca.