Artículo 86. Para efectos del artículo anterior, la Secretaría considerará, en su caso, las propuestas de los gobiernos de las entidades federativas, organismos auxiliares de sanidad animal y productores organizados, para la priorización de las actividades de las campañas en las entidades federativas o regiones correspondientes, conforme al artículo 58 de la Ley.
Reglamento [Reg_LFSA]
Artículo 86 de REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal
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TÍTULO CUARTO - DE LAS CAMPAÑAS, CUARENTENAS Y MOVILIZACIÓN · CAPÍTULO I - DE LAS CAMPAÑAS ZOOSANITARIAS
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