Lectura de artículo · Reg_LFSP

Artículo 63

REGLAMENTO de la Ley Federal de Seguridad Privada

Artículo 63

TÍTULO OCTAVO - DE LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD Y SANCIONES · CAPÍTULO II - DE LAS SANCIONES

Artículo 63.- En caso de que el Prestador del Servicio no dé cumplimiento a las resoluciones que impongan alguna de las sanciones anteriores, se procederá a hacer efectiva la fianza a que se refieren los artículos 26, fracción III y 19 de la Ley.

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