Lectura de artículo · Reg_LFSP

Artículo 64

REGLAMENTO de la Ley Federal de Seguridad Privada

Artículo 64

TÍTULO OCTAVO - DE LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD Y SANCIONES · CAPÍTULO II - DE LAS SANCIONES

Artículo 64.- La clausura a que se refiere la fracción IV del artículo 60 del Reglamento, cesará en sus efectos una vez que se extingan las causales que originaron su imposición.

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