Lectura de artículo · Reg_LGEEPA_MAAA

Artículo 47

REGLAMENTO de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Autorregulación y Auditorías Ambientales

Artículo 47

CAPITULO CUARTO - MEDIDAS DE CONTROL Y DE SEGURIDAD, INFRACCIONES Y SANCIONES · SECCION III - Visitas de verificación

Artículo 47. Los interesados afectados por los actos y resoluciones de la Procuraduría o, en su caso, de la Agencia, según corresponda, podrán interponer el recurso de revisión o intentar la vía jurisdiccional que corresponda de conformidad con las disposiciones establecidas en el Título Sexto, Capítulo Primero de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

Artículo reformado DOF

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias

Relaciones del artículo 47

Ampliar

Leyenda
Artículo seleccionado Artículo Ley completa Salen del 47 Llegan al 47
Publicidad