Artículo 26.- La propuesta del programa de ordenamiento ecológico general del territorio deberá incluir la regionalización del territorio nacional, donde se señalen las áreas de atención prioritaria con sus respectivos lineamientos y estrategias ecológicas, así como las áreas de aptitud sectorial.
Reglamento [Reg_LGEEPA_MOE]
Artículo 26 de REGLAMENTO de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Ordenamiento Ecológico
Texto reglamentario íntegro, referencias y reglamento completo.
CAPÍTULO TERCERO - DEL ORDENAMIENTO ECOLÓGICO GENERAL DEL TERRITORIO
Navegación jurídica
Relaciones verificadas del artículo
Enlaces obtenidos del texto, el catálogo y los vínculos verificados entre normas.
Ley reglamentada
Ley General Del Equilibrio Ecológico Y La Protección Al Ambiente
[LGEEPA]
Mismo capítulo
Artículo 25 de Reg_LGEEPA_MOE
[Reg_LGEEPA_MOE]
Mismo capítulo
Artículo 27 de Reg_LGEEPA_MOE
[Reg_LGEEPA_MOE]
Mismo capítulo
Artículo 24 de Reg_LGEEPA_MOE
[Reg_LGEEPA_MOE]
Mismo capítulo
Artículo 28 de Reg_LGEEPA_MOE
[Reg_LGEEPA_MOE]
Artículos cercanos
Buscar en este reglamento Por artículo o término
Buscar artículo o término en este reglamento
REGLAMENTO de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Ordenamiento Ecológico (Reg_LGEEPA_MOE)
Busca por número de artículo o por texto dentro de este reglamento.