Reglamento [Reg_LGPGIR]

Artículo 14 de REGLAMENTO de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos

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Artículo 14

TÍTULO PRIMERO - DISPOSICIONES PRELIMINARES

Artículo 14.- El principio de responsabilidad compartida, establecido en la Ley, se aplicará igualmente al manejo integral de los residuos de manejo especial y sólidos urbanos que no se encuentren sujetos a plan de manejo conforme a la Ley, este Reglamento y las normas oficiales mexicanas.

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