Lectura de artículo · Reg_LGS_MCSAEPS

Artículo 67

REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Artículo 67

TITULO SEGUNDO - Disposiciones Comunes · CAPITULO III - Establecimientos

ARTICULO 67.- Los establecimientos deberán cumplir con las disposiciones generales señaladas en este Capítulo y con las disposiciones específicas, que en su caso, les correspondan conforme a este Reglamento y las normas técnicas correspondientes.

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