Reglamento [Reg_LGS_MCSAEPS]

Artículo 982 de REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

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REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios (Reg_LGS_MCSAEPS)

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Artículo 982

TITULO DECIMO OCTAVO - Alimentos Preparados · CAPITULO UNICO

ARTICULO 982.- Para los efectos de este título, dentro de los alimentos preparados deshidratados se encuentran los siguientes grupos:

I. Caldos y consomés;

II. Sopas;

III. Guisos;

IV. Salsas y aderezos, y

V. Otros que se establezcan en la norma correspondiente.

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