ARTÍCULO 39. Los Medicamentos de Cannabis no podrán presentarse en forma de muestra médica u original de obsequio.
Reglamento [Reg_LGS_MCSPIUMC]
Artículo 39 de REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario para la Producción, Investigación y Uso Medicinal de la Cannabis y sus Derivados Farmacológicos
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TÍTULO TERCERO - DE LOS FINES DE LA CANNABIS · CAPÍTULO IV - DE LA FABRICACIÓN
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