ARTICULO 121.- En las investigaciones experimentales con animales, referidas a la salud humana, se deberán llenar los requisitos que establezcan las normas de las propias instituciones de salud, autorizadas por la Secretaría y satisfacer lo señalado en este Capítulo.
Reglamento [Reg_LGS_MIS]
Artículo 121 de REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud
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TITULO SEPTIMO - De la Investigación que incluya la utilización de animales de experimentación. · CAPITULO UNICO
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