ARTICULO 24.- Si existiera algún tipo de dependencia, ascendencia o subordinación del sujeto de investigación hacia el investigador, que le impida otorgar libremente su consentimiento, éste debe ser obtenido por otro miembro del equipo de investigación, completamente independiente de la relación investigador-sujeto.
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Artículo 24 de REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud
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TITULO SEGUNDO - De los Aspectos Eticos de la Investigación en Seres Humanos · CAPITULO I - Disposiciones Comunes
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