TITULO SEGUNDO - De los Aspectos Eticos de la Investigación en Seres Humanos · CAPITULO II - De la Investigación en Comunidades
ARTICULO 32.- En todas las investigaciones en comunidades, el diseño experimental deberá ofrecer las medidas prácticas de protección para los individuos y asegurar que se obtendrán resultados válidos, haciendo participar el mínimo de sujetos para que sea representativo.