Artículo 105

Artículo 105

CAPITULO V - Disposiciones para la Prestación de Servicios de Atención Materno-lnfantil

ARTICULO 105.- Para inscribirse en los cursos de capacitación para técnicos y auxiliares, deberán reunirse los siguientes requisitos.

  1. Ser mayor de edad;
  2. Saber leer y escribir;
  3. Tener reconocimiento de sus actividades sobre la materia de que se trate, y
  4. Los demás que señale la Secretaría.
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