CAPITULO I - Disposiciones Generales
ARTICULO 40.- La determinación de las cuotas de recuperación de servicios públicos de salud a la población en general, deberá ajustarse a los criterios y procedimientos previstos al efecto por la Ley.
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de Servicios de Atención Médica
CAPITULO I - Disposiciones Generales
ARTICULO 40.- La determinación de las cuotas de recuperación de servicios públicos de salud a la población en general, deberá ajustarse a los criterios y procedimientos previstos al efecto por la Ley.