Lectura de artículo · Reg_LGS_MPSAM

Artículo 39

REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de Servicios de Atención Médica

Artículo 39

CAPITULO I - Disposiciones Generales

ARTICULO 39.- La Secretaría de Economía, oyendo la opinión de la Secretaría, asegurará la adecuada distribución y comercialización, y fijará los precios máximos de venta al público de los medicamentos e insumos.

Artículo reformado DOF

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