QUINTO. El Centro Nacional de Trasplantes tendrá un plazo de noventa días hábiles, contados a partir de la entrada en vigor del presente Reglamento, para la emisión de los formatos a que hacen referencia los artículos 8 y 11 del presente ordenamiento.
Reglamento [Reg_LGS_MT]
Artículo Transitorio QUINTO de REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Trasplantes
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