Lectura de artículo · Reg_LGV

Artículo 85

REGLAMENTO de la Ley General de Víctimas

Artículo 85

TÍTULO SEXTO - DEL PROCEDIMIENTO PARA LA ASIGNACIÓN DE RECURSOS DEL FONDO · CAPÍTULO IV - DEL PROCEDIMIENTO PARA CUBRIR AYUDAS, ASISTENCIAS Y COMPENSACIONES

Artículo 85. El Comité Interdisciplinario Evaluador presentará el proyecto de dictamen al quien, a su vez, lo someterá a consideración del Pleno de la Comisión Ejecutiva, a fin de que dicho órgano colegiado emita la resolución correspondiente.

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